Hispalinux apoya al gobierno en la consecución de la 'neutralidad tecnológica'
En recientes declaraciones del gobierno en respuesta parlamentaria a la pregunta formulada por el grupo Mixto se alude a la 'neutralidad tecnológica como una buena base para orientar una adecuada definición de políticas de este sector, de tal manera que debería aplicarse a todos los ámbitos, desde las compras públicas al marco regulatorio'
Hispalinux comparte esta afirmación, aunque entiende que se refiere a ser neutros en cuanto a preferencias por las empresas a contratar y vigilará que en todas las licitaciones y contratos realizado por las distintas Administraciones Públicas y entidades dependientes no se especifiquen a priori condiciones, marcas o modelos que puedan desequilibrar esa neutralidad como así lo estipula el Real Decreto Legislativo 2/2.000, de 16 de Junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones públicas en su Art. 52:
Orden para el establecimiento de prescripciones técnicas y prohibiciones
2.- Salvo que esté justificado por el objeto del contrato, no podrá
incluirse en el pliego especificaciones técnicas que mencionen productos
de una fabricación o procedencia determinada o procedimientos especiales
que tengan por efecto favorecer o eliminar determinadas empresas o
determinados productos. Especialmente no se indicarán marcas, patentes o
tipos, ni se aludirá a un origen o producción determinado. Sin embargo,
cuando no exista posibilidad de definir el objeto del contrato a través
de especificaciones suficientemente precisas e inteligibles, se admitirá
tal indicación si se acompañan las palabras 'o equivalente'.
Por otro lado Hispalinux quiere hacer notar que el DECRETO el 2572/1973 de 5 de octubre por el que se aprueba el ' Pliego de Cláusulas Administrativas Generales para la Contratación de Equipos y Sistemas para el Tratamiento de la Información y de Mantenimiento, Arrendamiento y Programas' sección V 'Contratación de programas'
apartado 26 'libre uso de los programas' :
'Los programas utilizables por la Administración, en virtud de la
compraventa o arrendamiento, como consecuencia de la adquisición de
equipos, o de contrato independiente, serán de libre uso de la misma en
cualesquiera equipos a su servicio'.
Establece unas condiciones claras que deben cumplir las licencias de los programas que se usan en toda la Administración pública española y por tanto, ante la anomala situación existente en esta materia en la actualidad (Informe REINA 2003 [1]), Hispalinux considera que la intevención del gobierno es fundamental para hacer cumplir esta legislación.
En todo caso Hispalinux, como parte de la sociedad civil preocupada por el estado de derecho, la justicia y el progreso tecnológico, velará por cumplimiento de la normativa vigente en esta materia y promoverá las acciones pertinentes para el cumplimiento de la misma.
En un primer momento solicitará el cumplimiento de la normativa de contratación pública que, en estos momentos, no se está aplicando correctamente. Asimismo, ofrecerá su colaboración para llevar a cabo acciones o iniciativas de formación y asesoramiento técnico a los responsables del área de contratación pública para evitar la actual
situación.
En aras de la neutralidad también, Hispalinux inicia una campaña de revisión de webs, planes y documentos institucionales en las que comprobará si la Administración pública usa formatos, interfaces y protocolos estándares de derecho y libres de patentes y pago de royalties en sus relaciones con ciudadanos y empresas ya que de lo
contrario, si las distintas Administraciones públicas usan soluciones que solo son interoperables con produtos de una determinada empresa estaría favoreciendo a esta por forzar a los ciudadanos a comprar sus productos y cercenando su derechos al acceso a información pública además de violar las leyes que tratan de fomentar la competencia.
En todo caso Hispalinux se alegra de que por fin un Gobierno español se de cuenta de que esto no está en contradicción con que 'la Administración trate de aprovechar las oportunidades que para la innovación y el desarrollo de la Sociedad de la Información pueda ofrecer el modelo de software libre', como así se expreso en la respuesta parlamentaria, sino todo lo contrario; es el Software Libre el que garantiza la neutralidad comercial apostando por tecnologías que no son propiedad exclusiva de un fabricante y manteniedo así la independencia del proveedor además de favorecer la capacitación y desarrollo tecnológico español. Lo cual potencia un aumento significativo de las actividades de innovación y la competitividad de nuestro sector productivo como así lo recoge el plan 'e-Europa' [2], El programa de Interoperabilidad Paneuropea IDABC [3] los 'Criterios de seguridad, normalización y conservación de las aplicaciones utilizadas para el ejercicio de potestades' [4] de la Administración general del Estado sancionados por el MAP , así como documentos de la ONU sobre la eliminación de la brecha digital que datan de 2002 [5] y como viene apuntando [6] Hispalinux desde su creación en el Siglo pasado (1997).
Hispalinux solicita al gobierno que aplique la legislación vigente en nuestro pais, como es su obligación, y que propicie nuevas legislaciones que permitan impulsar tecnologías que procuren a la Administraciones Públicas españolas mantenerse neutral comercialmente hablando para no alentar y reforzar los monopolios transnacionales a la vez que estimulan nuestra independencia y capacitación tecnológica como base para del progreso económico de España como ya hacen las CCAA de Extremadura, Andalucía, Madrid, Valencia, Cataluña y Castilla la Mancha con sus planes de sociedad del conocimiento libre.
También se solicita a las distintas administraciones públicas que pongan a libre disposición de los ciudadanos el Software que es sufragados con los impuestos de todos los contribuyentes ya que eso favorecerá la transparencia y enriquecimiento tecnológico local además de ser un acto de justicia social.
Referencias:
[1] Informe REINA
http://www.csi.map.es/csi/reina2003/
[2] Plan E-europa
http://www.csi.map.es/csi/pdf/eeurope2005_es.pdf
[3] IDABC (Inteoperabilidad paneuropea)
http://europa.eu.int/idabc/
[4] Criterios de seguridad, normalización y conservación de las aplicaciones utilizadas en la Administración General del
Estado para el ejercicio de potestades
http://www.csi.map.es/csi/criterios/
[5] E-COMMERCE AND DEVELOPMENT REPORT 2003
http://www.unctad.org/Templates/webflyer.asp?docid=4228&intItemID=1634〈=1&mode=toc
http://www.unctad.org/sp/docs/ecdr2003overview_sp.pdf
[6] Repercusión del Software Libre en la Administración Pública
http://www.hispalinux.es/informes/repercusion-socioeconomica-del-software-libre-admon.html