HISPALINUX DENUNCIARÁ ANTE LA COMISION NACIONAL DE LA COMPETENCIA EL SISTEMA PÚBLICO DE COMPRA DE SOFTWARE

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No podemos asistir en silencio a otra bajada de telón para la industria informática española.

La enésima perla a que nos referimos resulta en realidad un verdadero cañonazo a la Ley de Contratos del Sector Público que ha encontrado, finalmente, la medida de su único “público” lector: joven desarrollador o empresario en vísperas de cierre su empresa o de emigrar a otro país.

Todos conocemos demasiados casos.

Las tablas invisibles de la verdadera ley son éstas: más del 50% del mercado de software (el del sector público) está cerrado por monopolio y la Ley de Contratos es sólo una parte desaconsejable del género literario.

Exposición del caso:

  • Denominación y objeto del contrato: Suministro para la adquisición y actualización de productos Microsoft con destino al Ministerio de Fomento
  • Importe: 2.200.000 euros
  • Beneficiario: Subdirección General de Tecnologías de la Información y Administración electrónica del Ministerio de Fomento.

Enlace: http://goo.gl/V9Q9j

El pequeño problema: La actual Ley de Contratos del Sector Público, (art. 101.8) como la anterior Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, prohíbe la especificación de una marca concreta y en su caso sólo cabría de forma excepcional, y justificada,con la única finalidad de hacer una descripción más comprensible del contrato, sin que ello conlleve en ningún caso la exclusión de otros productos que puedan ser considerados “equivalentes”.

La propia Ley exige que al lado de la marca - excepcionalmente referida deberá ir, en todo caso, acompañada de la mención «o equivalente». Es decir la mención de la marca no puede ir dirigida a cerrar el acceso a productos equivalentes. En este caso el el pliego de condiciones técnicas y administrativas, y esto es fundamental, no aparece una sola justificación ni prevé posibilidad alguna de la concurrencia de variantes equivalentes y por tanto la concurrencia de tecnología distinta. DE HECHO ES QUE ESTA VEZ SE LES HA OLVIDADO CONSIDERAR EL TÉRMINO “PRODUCTOS DE MICROSOFT” COMO UNA ESPECIFICACIÓN TÉCNICA, LO QUE ES CULMEN DE LA DEPENDENCIA TECNOLOGICA DE NUESTRA ADMINISTRACIÓN, SINO QUE LO EXPRESAN COMO MARCA, PRODUCTO Y FABRICANTE.

El problema casi no sería tan crítico si se tratara del habitual arrinconamiento de la industria tecnológica local, del habitual abandono de sectores que generan empleo y valor añadido a un país necesitado urgentemente de ello, del cotidiano desincentivo a la inversión en I+D en España, el problema es que todo eso se logra, además, vulnerando la ley de Contratos del Sector Público.

La presente exigencia de una marca concreta supone una restricción al acceso a la contratación, una discriminación en toda regla a favor del monopolio de siempre y una proscripción de otras alternativas legales como el software libre.
Las Administraciones deberian ser las más sensibles en considerar su política de compras como instrumento de política de innovación, si no se sienten capaces para tamaño fin, al menos que cumplan la ley y salvaguarden la libre competencia.

Pero si la expresión de especificaciones técnicas demasiado concretas está prohibido, cómo no lo va a ser mencionar una marca de forma excluyente para cualquier otra propuesta y sin expresar justificación o razón técnica, funcional o económica alguna! En un gasto público que supera los dos millones de euros!!

Contactamos oficialmente con la Administración: Finalmente pudimos tener interlocución con la Subdirección General y muy amablemente su responsable ha escuchado nuestra exposición y nos ha dado la versión oficial: dar acceso a otras tecnologías/marcas no tiene sentido pues implicaría prácticamente replantear desde cero todo la infraestructura ya establecida y tirar el dinero que en formación, por ejemplo, se ha invertido ya en ese entorno. Igualmente respetuosos respondimos que esa justificación no está expuesta en el procedimiento abierto, que la ley permite el acceso a tecnologías equivalentes, que exige que así se exprese en el procedimiento, que lo que en realidad se está haciendo es una migración pues esos productos Microsoft no son actualizaciones sino productos distintos y por tanto sustitutivos. Asimismo, que no debía olvidar el daño que a la industria local del software suponen estas prácticas que las cierran el mercado público (que supone más del 50% de todo el mercado). Finalmente, expresamos que si estas quejas son ciertas está claro que pretender cambios es algo razonable. Hispalinux anuncia que entablará acciones legales comenzando con una denuncia ante la Comisión Nacional de la Competencia.

P.D. Queremos agradecer a Linux Magazine que nos informó de la situación y a Rebelion.org, que dió la voz de alarma.